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Preguntas comunes sobre los reclamos menores

Preguntas sobre los reclamos menores

¿Qué es la corte de reclamos menores?

La corte de reclamos menores es una división de la corte de distrito. Maneja algunos casos sencillos, y solo puede adjudicar hasta $6,500 por daños y perjuicios. No hay abogados o juicios por jurado en los casos de reclamos menores. Los demandantes y los demandados tienen que representarse a sí mismos en las audiencias, que serán ante un juez o un magistrado. Para obtener más información sobre la corte de reclamos menores, lea el artículo Reseña de la corte de reclamos menores.

¿Qué hago si pienso que debería recibir más de $6,500 en mi caso de reclamos menores?

Si cree que debería recibir más de $6,500, presente su caso en la corte de distrito.

De todos modos puede presentar su caso en la corte de reclamos menores. Pero, si lo hace, solo podrá obtener hasta $6,500. Además, no puede volver a presentar una demanda por la misma disputa después de que un juez o magistrado haya tomado una decisión.

¿Cuándo me conviene presentar un reclamo en la corte de reclamos menores?

La corte de reclamos menores puede ser una buena opción si el monto de dinero involucrado en su disputa es menos que lo que podría tener que pagarle a un abogado para representarle. La corte de reclamos menores en general es más rápida, más fácil y menos costosa que la corte normal.

¿Qué casos se deben tratar en la corte de reclamos menores?

Solo se pueden tratar ciertos tipos de casos en la corte de reclamos menores. Deben ser casos sencillos para:

  • Recuperar dinero
  • Celebrar un contrato
  • Anular un contrato o
  • Cambiar un contrato

Por ejemplo, la corte de reclamos menores puede tratar un caso entre un propietario y un inquilino sobre la devolución de un depósito de seguridad. O, puede tratar un caso sobre un accidente de automóvil en el que el seguro no cubrió el deducible o los daños ocasionados al automóvil.

Algunos de los casos que no se deben tratar en la corte de reclamos menores son: 

  • Fraude
  • Libelo
  • Calumnia
  • Agresión
  • Golpes
  • Otros agravios intencionales

Algunos casos de agravio intencional sí se pueden tratar en la corte de reclamos menores, como por ejemplo:

  • Acciones por fondos insuficientes (cheques rechazados)
  • Casos de la Ley de Protección al Consumidor (Consumer Protection Act)
  • Entrada ilegal recreativa (alguien entró en una propiedad ilegalmente mientras participaba en una actividad recreativa)
¿Cuánto tengo que pagar para presentar un caso en la corte de reclamos menores?

Tiene que pagar la cuota de presentación cuando presenta su Declaración jurada y reclamo. La cuota de presentación depende de la cantidad de dinero que está pidiendo. Tiene que pagar:

  • $30 si su reclamo es por hasta $600

  • $50 si su reclamo es por más de $600 hasta $1,750

  • $70 si su reclamo es por más de $1,750 hasta $6,500

Si no puede pagar la cuota de presentación, puede pedirle a la corte que exima sus cuotas. Para obtener más información sobre cómo hacer que se eximan sus cuotas lea el artículo Exenciones de cuotas en casos de la corte.  

¿Dónde presento mi caso de reclamos menores?

Presente su caso de reclamos menores en la corte de distrito donde surgió la causa de acción legal. Eso es el lugar donde ocurrió la transacción o disputa en cuestión. También puede presentar el caso donde está la persona o empresa que está demandando.

¿Cuánto tiempo tengo para iniciar un caso de reclamos menores? (Período de prescripción)

En Michigan, el período de prescripción en general es de seis años. Esto significa que tiene que iniciar un caso no más de seis años después de que ocurrió la disputa. Inicia un caso presentando una demanda.

Si el caso tiene que ver con una cuenta de crédito, tiene que iniciar el caso no más de seis años después de la última actividad en la cuenta. Actividad en la cuenta es:

  • Usar la cuenta,
  • Pagar parte o toda la cuenta o
  • Reconocer la deuda

Tiene que iniciar el caso no más de cuatro años después de la última actividad en la cuenta si el caso tiene que ver con:

  • Un contrato de venta a plazos para comprar un vehículo automotor o
  • La venta de bienes

Tiene que iniciar el caso no más de tres años después de que se firmó el contrato si el caso tiene que ver con la venta de una casa móvil.

¿Puede haber un jurado en un caso de reclamos menores?

No. No puede haber un jurado en un caso de reclamos menores. Un juez o magistrado tiene que escuchar y decidir su caso. Si alguien involucrado en el caso quiere un jurado, el caso se puede transferir a la corte de distrito.

Recibí la entrega legal de una Declaración jurada y reclamo de reclamos menores. ¿Qué significa?

Si recibió la entrega legal de una Declaración jurada y reclamo de reclamos menores, usted es el demandando en un caso de reclamos menores. La persona que presentó el reclamo es el demandante.

Cuando recibe notificación del caso, puede:

  • Llegar a un acuerdo fuera de la corte,
  • Transferir el caso a la corte de distrito o
  • Ir a la corte de reclamos menores para asistir a la audiencia

Si no hace nada, el caso no desaparecerá. Si no va a la corte para la audiencia, el demandante probablemente obtendrá un fallo por falta de comparecencia en su contra. Entonces el demandante puede tomar medidas para cobrar el monto del fallo, como por ejemplo embargar su dinero o confiscar sus bienes.

Para obtener más información, lea el artículo Cómo defender un caso de reclamos menores.

Preguntas sobre quién puede demandar en la corte de reclamos menores

¿Puedo demandar a una empresa en la corte de reclamos menores?

Sí. Puede demandar a una empresa o compañía en la corte de reclamos menores.

¿Mi empresa puede demandar a alguien en la corte de reclamos menores?

Sí.

Puede presentar un caso en la corte de reclamos menores en nombre de una corporación si usted es un empleado de la misma a tiempo completo y recibe un sueldo fijo.

Puede presentar un caso en la corte de reclamos menores en nombre de una empresa unipersonal si usted es el propietario. Una empresa unipersonal es una empresa que no es una corporación y tiene un solo dueño.

Puede presentar un caso en la corte de reclamos menores en nombre de una sociedad si usted es uno de los socios. Una sociedad es una empresa que no es una corporación y tiene dos o más dueños.

¿Puedo presentar un caso en nombre de otra persona en la corte de reclamos menores?

Puede presentar un caso de reclamos menores en nombre de otra persona si usted es el tutor, el tutor del patrimonio o el representante (next friend).

Una corte testamentaria nombra un tutor para tomar decisiones personales para otra persona. Estas incluyen decisiones cotidianas, como por ejemplo las que tienen que ver con la atención médica y la educación.

Una corte testamentaria nombra a un tutor del patrimonio para cuidar los bienes personales y finanzas de otra persona.

Un representante es una persona interesada, como por ejemplo un padre u otro adulto de confianza, que puede comparecer en la corte en nombre de un hijo o adulto incapacitado.

¿Puedo demandar al Estado de Michigan en la corte de reclamos menores?

No. No puede demandar al estado o a una agencia del estado en la corte de reclamos menores. Si quiere demandar el Estado de Michigan, tiene que presentar su caso en la corte de distrito o la corte de circuito.

Es posible que le convenga hablar con un abogado sobre su caso. Use la Guía para ayuda legal para encontrar abogados en su zona. Lamentablemente, esta herramienta solo está disponible en inglés. Esperamos tener una versión en español disponible pronto.

¿Un cobrador de deudas me puede demandar en la corte de reclamos menores?

Un cobrador de deudas no puede demandar a un deudor en la corte de reclamos menores. Solo las partes originales en una transacción pueden demandar a otros en la corte de reclamos menores.

Una agencia de cobranzas no es una parte original en una transacción. El derecho de cobrar una deuda se puede vender o transferir. Los acreedores hacen esto cuando venden deudas a agencias de cobranzas.

Preguntas sobre qué pasa después de un caso de reclamos menores

Si gano, ¿la persona que demandé tendrá que pagar mis cuotas de presentación?

Si gana su caso de reclamos menores, puede pedirle a la corte que le ordene a la otra parte a pagar sus cuotas de presentación.

¿Cómo cobro el dinero que se me adjudicó en mi caso?

Si la otra parte está presente y tiene el dinero, puede cobrar el dinero en la corte. Si la otra parte no paga el fallo, puede usar un proceso de la corte para cobrar el dinero 21 días después de que se emita el fallo. Puede presentar un mandamiento de embargo para embargar lo siguiente de la otra parte:

  • Cuenta bancaria
  • Reembolso de impuestos estatales
  • Ingresos fijos

Además puede solicitar una orden para confiscar bienes de la otra parte para pagar el fallo.

Para obtener más información lea el artículo Cómo cobrar su fallo.

¿Un fallo en mi contra en la corte de reclamos menores forma parte de mi informe de crédito?

Sí. Un fallo de reclamos menores es una deuda que se debe por medio de la corte. Es un registro público. Forma parte de su informe de crédito.